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| ELECCIONES 2004 - FEDERACIÓN ANDALUZA DE ESPELEOLOGIAACTA DE RESOLUCIÓN DE LAS RECLAMACIONES PRESENTADAS CONTRA LA PROCLAMACIÓN DE CANDIDATURAS A MIEMBROS DE LA ASAMBLEA GENERAL
En Sevilla, a las 11.00 horas del día 11 de octubre de 2004, se reúnen en la sede de la Oficina electoral de la Federación Andaluza de Espeleología, los siguientes miembros de la Comisión Electoral Federativa:
Constituyendo el objeto de la reunión la resolución de las reclamaciones presentadas contra la proclamación de candidatos a la elección de miembros de la Asamblea General, por cada circunscripción y estamento. Examinada la documentación recibida en relación a las candidaturas presentadas para la elección de miembros de la Asamblea General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.2 de la Orden de 7 de febrero de 2000, por la que se regulan los procesos electorales de las federaciones deportivas andaluzas, se hace constar: 1º.- Se han subsanado los defectos documentales señalados en la admisión de candidaturas, por lo que se admiten de forma definitiva. 2º.- Se ha recibido escrito del presidente del Espeleoclub Almería en el que se comunica la retirada de la candidatura de D. Juan Carlos Hernández Delgado así como la imposibilidad de comunicación por parte del interesado. Asimismo se recibe certificado del secretario general de la Federación en el que se ratifica lo expuesto por el presidente del Espeleosur y Delegado de la Federación en Almería. En consecuencia: Se acuerda proclamar, con carácter definitivo, como candidatos a miembros de la Asamblea General de la Federación Andaluza de Espeleología, a los siguientes miembros del censo:
Se hacen constar las siguientes extremos, como modificación de la proclamación provisional de candidatos: 1º.- Se admiten las candidaturas que tenían defectos de forma. 2º.- Se suprime la candidatura de D. Juan Carlos Hernández Delgado, de la circunscripción de Almería y el estamento de deportistas. 3º.- No es necesario realizar votaciones en la circunscripción de Almería al quedar un solo candidato. Contra la presente Resolución podrá presentarse reclamación ante esta Comisión Electoral Federativa en el plazo de cinco días naturales a contar desde el siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 17.3 de la Orden de 7 de febrero de 2000, por la que se regulan los procesos electorales de las federaciones deportivas andaluzas”. Y no teniendo más asuntos que tratar, se da la presente reunión por terminada a las 12.00 horas, todo lo cual como Secretario CERTIFICO.
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